Según el Decreto Supremo Nº 015-2017-TR, a través de la cual se modificó el Reglamento de la Ley General de Inspección de TrabajoXNT, las multas por infracciones laborales fueron reducidas en poco más del 50 % en las tres tablas de sanciones correspondientes a la microempresa, pequeña empresa y no mype, indicó el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala.Las sanciones pecuniarias para las micro y pequeñas empresas inscritas en el Remype, no podrán superar en un mismo procedimiento sancionador del 1 % de sus ingresos netos, percibidos en el ejercicio fiscal anterior al de la generación de la orden de inspección.Para el caso de infracciones por afectación del derecho sindical, de la protección de la mujer en periodo de embarazo o lactancia y por discriminación, las micro y pequeñas empresas recibirán el descuento del 50 % sobre la tabla aplicable para las no mype. En casos de infracción sobre trabajo forzoso y trabajo de menores, las sanciones serán de 50 UIT para las microempresas 100 UIT para las pequeñas empresas y 200 IUT en los demás casos.Fecha de publicación: 08/08/2017.Fuente: diario El Peruano.
Reducen multas laborales hasta en más del 50 %
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