Tipo de Norma: Resolución Ministerial
Número de Norma: N° 349-2022-TR
Fecha de Publicación: Sábado, 24 de diciembre de 2022
De conformidad con el numeral 3 del artículo 13 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que los proyectos de reglamento se publican en el portal electrónico respectivo por no menos de 5 días calendario para recibir aportes de la ciudadanía, cuando así lo requiera la ley. En tal sentido, resulta conveniente poner a disposición de la ciudadanía en general el proyecto de decreto supremo que modifica el Decreto Supremo N° 035-90-TR, el mismo que fija la asignación familiar para los trabajadores de la actividad privada, cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva, con la finalidad de recibir sugerencias, comentarios o recomendaciones que pudieran contribuir al mejoramiento del mismo.
En ese marco, se dispone que la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones efectúe la publicación del proyecto de decreto supremo que modifica el Decreto Supremo N° 035-90-TR, y su exposición de motivos, que como anexos forman parte de la presente resolución ministerial; en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), a efectos de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de los y las empleadores y trabajadores, o sus respectivas organizaciones, de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general; durante el plazo de 10 días calendario, contados desde la vigencia de la presente resolución ministerial.
Del mismo modo, se dispone que las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de decreto supremo y exposición de motivos mencionados en el artículo 1 pueden ser presentadas en la Mesa de Partes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ubicado en avenida General Salaverry 655, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; así como, a través del formulario virtual de mesa de partes, cuya dirección web es https://mdp.trabajo.gob.pe/formdp/#/tramite/registro, o a través del correo electrónico comentariosdnt@trabajo.gob.pe.
Finalmente, se encarga a la Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten.
Vigencia: Desde el 25/12/2022