El fin se semana fue publicado en diario oficial una fe de erratas que corrige los artículos 17 y 19 del Reglamento del Decreto LegislativoXNT Nº 1257 que establece el fraccionamiento especial de deudas tributarias y otros ingresos administrados por la Sunat, Fraes.En el literal a del artículo 17 del Reglamento DICE: Artículo 17. Deuda no comprendida en la extinción (…) a. La deuda tributaria por retenciones distintas a aquellas que tienen carácter definitivo, salvo cuando formen parte de un saldo de fraccionamiento general a que se refiere el tercer párrafo del artículo 11 del Decreto Legislativo. (…) DEBE DECIR: Artículo 17. Deuda no comprendida en la extinción (…) a. La deuda tributaria por retenciones distintas a aquellas que tienen carácter definitivo, salvo cuando formen parte de un saldo de fraccionamiento general a que se refiere el párrafo 11.3 del artículo 11 del Decreto Legislativo. (…) En el literal c del artículo 19 del Reglamento DICE: Artículo 19. Acciones de la SUNAT por extinción de deudas (…) c. La SUNAT comunica al Tribunal Fiscal o al Poder Judicial respecto de la deuda impugnada materia de extinción, para los fines pertinentes. DEBE DECIR: Artículo 19. Acciones de la SUNAT por extinción de deudasc. La SUNAT comunica al Tribunal Fiscal o al Poder Judicial respecto de la deuda impugnada materia de extinción, a efectos de que tales instancias puedan concluir los procedimientos o procesos según corresponda.Fecha: 11. 03. 2017Fuente: Diario El Peruano
Publican Fe de erratas de Reglamento del Fraes
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