Mediante un proyecto de Resolución de Superintendencia publicado en su página web, la Administración Tributaria incorpora el RegistroXNT de Socios de las Cooperativas Agrarias y otros integrantes en el Anexo 1 de la Resolución de Superintendencia Nº 234-2006/Sunat, mediante la que se establecen las normas referidas a Libros y Registros vinculados a Asuntos Tributarios.En ese sentido, se establece la forma de llevado, el plazo máximo de atraso y la información mínima para el citado Registro.Cabe indicar que según el proyecto de Resolución que se está comentando, para el ejercicio 2013, el Registro de Socios de las Cooperativas Agrarias y Otros Integrantes deberá ser implementado dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la Resolución.Fuente: www.sunat.gob.pe
Proyecto normativo que implementa el registro de socios de las cooperativas agrarias y otros integrantes
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