En el portal de la Sunat se ha publicado un proyecto de resolución de superintendencia en el cual se aprueba el formulario y disposicionesXNT para el acogimiento al régimen temporal y sustitutorio del Impuesto a la Renta (IR) para la declaración, repatriación e inversión de rentas no declaradas.Así, se busca aprobar el Formulario Virtual N° 1667 – Declaración, repatriación e inversión de rentas no declaradas, el que deberá ser utilizado para la presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto. Dicho Formulario estaría disponible a partir del 3 de julio del presente año.Por otro lado, de acuerdo a las disposiciones referidas en la presente resolución, la presentación de la declaración jurada se realizaría únicamente a través de Sunat Virtual, para lo cual se deberá ingresar a Sunat Operaciones en Línea con el Código y Clave Sol, teniendo como plazo hasta el 29 de diciembre previo pago del impuesto.En este sentido, el importe a pagar deberá cancelarse a través de Sunat Virtual, optando por pagar mediante débito en cuenta o mediante tarjeta de crédito o débito.Cabe indicar, que los comentarios al presente proyecto de resolución pueden dirigirse hasta el día 16 del mes de junio vía correo electrónico a la siguiente dirección: gsotil@sunat.gob.peFuente: Sunat virtualFecha: 30.05.17
Proyecto de resolución que regula la declaración, repatriación e inversión de rentas no declaradas
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