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Proyecto de Resolución que modifica la norma que aprobó las disposiciones reglamentarias de la ley del RUC

Como es de conocimiento general, mediante el Decreto Legislativo Nº 1524 se modificó, entre otros, el inciso d) del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 943, Ley del Registro Único de Contribuyentes (RUC), estableciendo que deben inscribirse en dicho registro los sujetos que por el tipo, cantidad o valor de los bienes de su propiedad o por el tipo o valor de los servicios que consumen, la SUNAT considere necesaria su incorporación al registro.

A través de la Resolución de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT se aprobaron las disposiciones reglamentarias de la Ley del RUC, siendo necesario realizar modificaciones a dicha resolución que permitan incorporar nuevos supuestos que originan la inscripción en el RUC, así como los demás aspectos previstos en la modificación efectuada por el D.Leg 1524.

Los aspectos que se pretenden modificar en la Resolución de Superintendencia Nº 210-2004/SUNAT son los siguientes:

Si tuviera algún comentario sobre el presente proyecto de resolución, pueden realizarlo hasta el 23 de junio de 2024, al siguiente correo electrónico: lsoto@sunat.gob.pe

Si necesita asesoría concreta sobre estos temas, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe

Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 18/06/2024

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.