A través de la presente Resolución se propone exceptuar la obligación de emitir comprobantes de Pago, sustituyéndose elXNT numeral 1.5 del artículo 7° del Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 007-99/SUNAT y normas modificatorias, por el siguiente texto: Artículo 7°.- Operaciones por las que se Exceptúa de la Obligación de Emitir y/u Otorgar Comprobantes de Pago 1. Se exceptúa de la obligación de emitir comprobantes de pago por:(…) 1.5. Los ingresos que se perciban por las funciones de directores de empresas, albaceas, síndicos, gestores de negocios, mandatarios y regidores de municipalidades y actividades similares, así como por los ingresos que provengan de la contraprestación por servicios prestados bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios CAS, a que se refiere el Decreto Legislativo N.° 1057 y norma modificatoria. Lo dispuesto en la presente resolución se aplicaría a los contratos que se celebren bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios CAS a partir del 1 de enero de 2013.No obstante, la Disposición Complementaria Transitoria contemplaría que para aquellos que contrataron con anterioridad al 1 de enero de 2013, se aplicará respecto de los servicios que se presten a partir de dicha fecha.
Proyecto de resolución de superintendencia que modifica el reglamento de comprobantes de pago, aprobado por resolución de superintendencia N° 007-99/SUNAT, a fin de exceptuar de la obligación de emitir recibos por honorarios por los servicios prestados bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios (CAS)
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