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Proyecto de Resolución que propone modificaciones al Declara Fácil 621

Cómo es de conocimiento general, a través de la Resolución de Superintendencia Nº 300-2014/SUNAT (30/08/2014) se creó el Sistema de Emisión Electrónica (SEE), conformado por diversos sistemas en los cuales se dispone, entre otros aspectos, que se debe enviar a la SUNAT ejemplares de los comprobantes de pago, notas de crédito y débito que se emitan de manera electrónica, declaraciones juradas informativas, así como comunicaciones de baja.

Asimismo, a través de la Resolución de Superintendencia Nº 335-2017/SUNAT (27/12/2017), se crea el servicio Mis Declaraciones y Pagos y aprueba nuevos formularios virtuales, entre ellos, el Formulario Virtual Declara Fácil 621 IGV – Renta mensual.

La Sunat en su web institucional, ha publicado el Proyecto de Resolución de Superintendencia (R.S.) N° 010-2021, donde se propone la modificación de las siguientes Resoluciones de Superintendencia:

NormaAspecto que se propone modificar
Resolución de Superintendencia N.° 335-2017/SUNAT, se crea el servicio mis declaraciones y pagos y se aprueban nuevos formularios virtuales– Artículo 12, se modifica el segundo párrafo del acápite i) del numeral 12.3. – Artículo 1, se incorpora el numeral 19. – Se incorpora la Tercera Disposición Complementaria Final.
Resolución de Superintendencia N.° 109-2000/SUNAT, regulan forma y condiciones en que deudores tributarios podrán realizar diversas operaciones a través de internet mediante el Sistema Sunat operaciones en línea– Artículo 2, se incorpora el numeral 60.

La finalidad de estas modificaciones es crear un documento electrónico denominado “Reporte de Ventas” el cual, en caso de ser aceptado por el deudor tributario, mostrará automáticamente en las casillas del formulario Declara Fácil 621 IGV – Renta mensual la información proveniente de los comprobantes de pago electrónicos, notas de débito y de crédito que se haya recibido mediante el envío de ejemplares, declaraciones juradas informativas y comunicaciones de baja.

Recuerde que si tuviera algún comentario sobre el presente proyecto de resolución, pueden dirigirse hasta el 21 de agosto de 2021, al siguiente correo electrónico: vvizzib@sunat.gob.pe

Si necesita asesoría concreta sobre estos temas, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe

Fuente: Staff Contadores & Empresas

Fecha: 17/08/2021

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.