En el portal de la Sunat se ha publicado un proyecto de Resolución de Superintendencia mediante el cual: Se modifica el porcentaje aplicable para laXNT determinación del depósito de los bienes señalados en los numerales 1, 2 y 3 del Anexo 1 de la Resolución, referidos a azúcar, alcohol etílico y algodón, a 9%. Se modifican los porcentajes aplicables para la determinación del depósito:a) De los bienes señalados en los numerales 2, 3, 4, 7, 17, y 18 del Anexo 2 de la Resolución, referidos a maíz amarillo duro, algodón en rama sin desmotar, caña de azúcar, bienes gravados con el IGV por renuncia a la exoneración, páprika y otros frutos de los géneros capsicum o pimienta y espárragos, a 9%.b) De los bienes señalados en los numerales 5 y 22 del Anexo 2 de la Resolución, referidos a arena y piedra y minerales no metálicos, a 12%.c) De los bienes señalados en el numeral 21 del Anexo 2 de la Resolución, referido a oro y demás minerales metálicos exonerados del IGV, a 4%. Se modifican los porcentajes aplicables para la determinación del depósito:a) De los servicios señalados en los numerales 3 y 10 del Anexo 3 de la Resolución, referidos a mantenimiento y reparación de bienes muebles y demás servicios gravados con IGV, a doce por ciento (12%).b) De los contratos de construcción señalados en el numeral 9 del Anexo 3 de la Resolución, a cuatro por ciento (4%). Se modifica el porcentaje aplicable para la determinación del depósito en el caso de los espectáculos públicos, a 4%.
Proyecto de normativo que pretende modificar porcentajes de bienes y servicios del SPOT
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