Como es de conocimiento general, a través de la Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT (24/01/1999), se crea el Reglamento de Comprobantes de Pago, la misma que reglamento la Ley marco de Comprobantes de pago (Decreto Ley Nº25632), con el propósito principal de regular las obligaciones formales vinculadas a la emisión de comprobantes de pago, características y requisitos mínimos de esta, entre otros. De lo anterior, mediante un proyecto de resolución de superintendencia publicado en la web institucional de la Sunat, se busca que los Ministerios y sus organismos públicos, programas y proyectos adscritos, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú, entre otros, tengan como obligación emitir facturas. A excepción de los fondos constituidos total o parcialmente con recursos públicos, sean de derecho público o privado las operaciones realizadas por sujetos del Nuevo RUS, entre otros.Para ello, entre otros aspectos, el proyecto plantea las siguientes modificaciones:1.- Propone incluir un inciso adicional al punto 1.1 del numeral 1 del artículo 4 del Reglamento de comprobantes de pago, mediante el cual se establece que las entidades del sector público ya señaladas (Ministerios y sus organismos públicos, programas y proyectos adscritos, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú, entre otros) emitan factura.2.- Designar como emisores electrónicos de facturas, notas de crédito y notas de débito a las entidades del sector público indicadas en el punto anterior a partir del 01 de octubre de 2021Si necesita asesoría concreta sobre sistemas de emisión de comprobantes de pago o cualquier otro de su interés, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe.Fuente: Staff Contadores & EmpresasFecha: 29/03/2021
Proyecto de Ley que propone que las entidades públicas emitan factura y se los designe como emisores electrónicos
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