Cómo es de conocimiento general, el Impuesto Predial es un impuesto que grava el valor de los predios urbanos y rústicos mientras que los arbitrios son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público.Mediante el Proyecto de Ley N° 7995/2020-CR presentado al Congreso de la República el día 05 de julio de 2021, se plantea exonerar el pago del 75% del Impuesto Predial y el 50% de los Arbitrios Municipales mientras dure el estado de emergencia. Esta medida tendría efecto retroactivo, específicamente desde el 18 de marzo de 2020.Asimismo, con relación a las obligaciones tributarias municipales pagadas desde el 18 de marzo del 2020, se deben considerar como pagos adelantados o pagos a cuenta.Finalmente, aquellos administrados que no han pagado dichos impuestos, deberán presentar una solicitud dirigida al alcalde en la cual soliciten la exoneración del pago de los tributos mencionados.Cabe resaltar que la presente propuesta se encuentra en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas, e Inteligencia Financiera desde el 14 de mayo de 2021.Si necesita asesoría concreta sobre estos temas o cualquier otro, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pePuede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley N°7995/2020-CR en el siguiente enlace:https://tinyurl.com/pxd4k2hmFuente: Staff Contadores & EmpresasFecha: 08/07/202
Proyecto de Ley que propone la exoneración del Impuesto Predial y Arbitrios municipales
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