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Proyecto de Ley que plantea prorrogar beneficios de la Ley que promueve la investigación, desarrollo e innovación tecnológica

Cómo es de conocimiento general, mediante la Ley N° 30309, se estableció, entre otros, una deducción adicional para los contribuyentes que efectúen inversiones en proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica (I+D+i), vinculados o no al giro de negocio de la empresa.

Mediante el Proyecto de Ley N° 03452/2022-CR, presentado al Congreso de la República el día 03 de noviembre de 2022, se plantea, entre otros aspectos, modificar los artículos 1, 3, 6 y 7 de la citada Ley a fin de prorrogar los incentivos tributarios a los contribuyentes que inviertan en Proyectos I+D+i. A continuación, se resumen los cambios propuestos:

1.- Porcentajes de deducción

Se modifican los porcentajes de deducción conforme al siguiente detalle:

i) Si los ingresos netos de los contribuyentes no superan las 2300 UIT y efectúen gastos en proyectos I+D+i vinculados o no al giro de negocio de la empresa podrían deducir los siguientes porcentajes:

215 %Si el proyecto es realizado directamente por el contribuyente o mediante centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica domiciliados en el país, con el informe favorable del CONCYTEC o del organismo respectivo.
175 %Si el proyecto es realizado mediante centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica no domiciliados en el país, con el informe favorable del CONCYTEC o del organismo respectivo.

ii) Si los ingresos netos de los contribuyentes superan las 2300 UIT y efectúen gastos en proyectos I+D+i vinculados o no al giro de negocio de la empresa podrían deducir los siguientes porcentajes:

175 %Si el proyecto es realizado directamente por el contribuyente o mediante centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica domiciliados en el país, con el informe favorable del CONCYTEC o del organismo respectivo.
150 %Si el proyecto es realizado mediante centros de investigación científica, de desarrollo tecnológico o de innovación tecnológica no domiciliados en el país, con el informe favorable del CONCYTEC o del organismo respectivo.

2.- Requisitos para la deducción adicional

Cabe señalar que el día 23 de setiembre de 2022 se presentó al Congreso de la República el Proyecto de Ley N° 03156/2022-PE el cual tiene un propósito similar. Dicha propuesta se encuentra en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera desde el 28 de setiembre de 2022.

Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley Nº 03452/2022-CR en el siguiente enlace:

https://tinyurl.com/4hf7xz3d

Si necesita asesoría sobre estos temas, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe

Fuente: Staff Contadores & Empresas

Fecha: 08/11/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.