Como es de conocimiento general, conforme al inciso x.1) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta, los gastos por concepto de donaciones de alimentos en buen estado que hubieran perdido valor comercial y se encuentren aptos para el consumo humano que se realicen a las entidades perceptoras de donaciones, así como los gastos necesarios que se encuentren vinculados con dichas donaciones cuya deducción no podrá exceder del 10% de la renta neta de tercera categoría.
En tal sentido, mediante el Proyecto de Ley Nº 03704/2022-CR presentado el día 30 de noviembre de 2022, en el Congreso de la República, se plantea incorporar el artículo 2-A en la Ley 25307, norma referida a la labor que realizan a labor que realizan los Clubes de Madres, Comités de Vaso de Leche, Comedores Populares Autogestionario, entre otros; y modificar el inciso x.1) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta. Las referidas modificaciones tienen como finalidad facilitar la calificación de entidad perceptora de donaciones a los comités de vasos de leche, comedores populares autogestionarios, clubes de madres y otras organizaciones sociales de bases e incentivar la donación de alimentos a las mismas, con beneficios tributarios.
Con relación al citado proyecto se puede resaltar lo siguiente:
- La SUNAT, ante la solicitud de inscripción en el RUC de comités de vasos de leche, comedores populares autogestionarios, clubes de madres y otras organizaciones sociales de bases, actuará de oficio y los exonerará del Impuesto a la Renta y las calificará como entidades Perceptoras de Donaciones, salvo se consigne lo contrario en la referida solicitud.
- Aquellas donaciones realizadas de forma directa a los comités de vasos de leche, comedores populares autogestionarios, clubes de madres y otras organizaciones sociales de bases no podrán exceder del 20% de la renta neta de tercera categoría.
Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley Nº 03704/2022-CR en el siguiente enlace: https://tinyurl.com/yw5wrf2s
Si necesita asesoría sobre cualquiera de los temas indicados, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe
Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 02/12/2022