Como es de conocimiento general, mediante el Decreto Legislativo N° 1455 (06/04/2020), se creó el Programa REACTIVA PERÚ, y se reglamentó mediante la Resolución Ministerial N° 134-2020-EF/15 (13/04/2020).
Asimismo, a través del Decreto de Urgencia (D.U) Nº 011-2022, se estableció, entre otras medidas, ampliar el plazo máximo de acogimiento para la reprogramación de créditos de dicho programa hasta el 31 de diciembre de 2022.
Mediante el Proyecto de Ley Nº 03368/2022-CR presentado al Congreso de la República el día 20 de octubre de 2022, se plantea otorgar una nueva reprogramación de créditos del programa Reactiva Perú. El proyecto plantea la modificación de los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 del D.U N° 011-2022, con relación a la propuesta se puede resaltar lo siguiente:
Requisitos de acceso:
Se plantea como requisitos de acceso a la reprogramación lo siguiente:
- Contar con crédito garantizado con el Programa Reactiva Perú hasta S/ 5’500,000,00.
- Para el caso de créditos entre S/ 5’500,001,00 hasta S/ 10’000,000,00, se debe demostrar una caída en la utilidad bruta mayor o igual al 20 % en el año 2021 respecto al año 2019.
- Ser clasificado como mediano y pequeño contribuyente (MEPECO), principal contribuyente regional (PRICO REGIONAL) o principal contribuyente de oficina zonal (PRICO DE OFICINA ZONAL).
Plazo de acogimiento:
Se propone que el plazo de acogimiento sea:
- De manera excepcional, se extiende el periodo de repago del capital (cronograma de pago) a 84 meses, con la condición de que las empresas deudoras califiquen para la reprogramación.
- En el nuevo periodo de gracia y repago de capital, los beneficiarios solo pagan los intereses y las comisiones aprobadas.
Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley Nº 03368/2022-CR en el siguiente enlace:
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Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 21/10/2022