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Proyecto de Ley que plantea incentivar el ahorro para fines pensionarios y la recaudación tributaria

Mediante el Proyecto de Ley Nº 7821/2023-CR (PL), presentado al Congreso de la República el día 13 de mayo de 2024, se plantea incentivar el ahorro para fines pensionarios, en base al consumo de cada ciudadano, contribuyendo con la recaudación tributaria.

El aludido Proyecto dispone que, por cada compra o servicio contratado se le asigne un porcentaje no menor de 1% del IGV o del Impuesto a la Renta para la cuenta de ahorro pensionario del contribuyente. Para esto, es necesario solicitar el comprobante de pago donde se consigne:

a) Identificación del emisor y del adquirente o usuario (nombre, denominación o razón social y número de RUC);

b) Identificación del comprobante de pago (numeración, serie y fecha de emisión);

C) Descripción y cantidad del bien, servicio o contrato objeto de la operación; y

d) Monto de la operación (precio unitario, valor de venta e importe total de la operación).

Asimismo, el proyecto de ley propone que la Sunat haga una verificación de los montos recaudados por concepto de ahorro pensionario, así como su transferencia al fondo de pensiones del sistema a que se encuentre afiliado el ciudadano o a su Cuenta-DNI, según sea el caso.

Es importante señalar que este proyecto normativo comprende a toda persona nacida en el país o naturalizada, que posea el documento nacional de identidad, cuente con capacidad de ejercicio de sus derechos civiles de acuerdo con la Constitución Política del Perú y el Código Civil, y se encuentre afilada a algún régimen pensionario o posea una cuenta documento nacional de identidad (CUENTA-DNI).

Cabe resaltar que la Sunat, es la responsable de la verificación de los montos recaudados por concepto de ahorro pensionario, así como la transferencia al fondo de pensiones del sistema a que se encuentre afiliado.

Finalmente, es importante mencionar que los consumos que son destinados para su cuenta de ahorro pensionario, son aquellas adquisiciones de bienes o contratación de servicios que sirvan para la subsistencia de cada ciudadano y que tengan como objeto satisfacer necesidades de alimentación, educación y salud.

Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley Nº 7821/2023-CR en el siguiente enlace: https://tinyurl.com/5n97m8vb

Si necesita asesoría sobre estos temas, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe

Fuente: Staff Contadores & Empresas

Fecha: 15/05/2024

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.