Como es de conocimiento general, ESSALUD es el Seguro Social de Salud que tiene por finalidad dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales que corresponden al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos humanos.
Asimismo, la contribución al Essalud está a cargo del Empleador, el mismo que debe presentar y pagar los aportes mensualmente a través de la Planilla Electrónica.
Mediante el Proyecto de Ley N° 05177/2022-CR, presentado al Congreso de la República el día 25 de mayo de 2023, se plantea fortalecer los mecanismos coercitivos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) para cobrar las deudas por concepto de Essalud, a los empleadores públicos y privados.
A partir de esta premisa, conforme al Proyecto de Ley se plantea lo siguiente:
- Otorgar al SUNAT la facultad de requerir a los empleadores el pago de las deudas integrales, correspondientes a las contribuciones a la Seguridad Social — Essalud.
- La SUNAT estaría facultada para embargar las cuentas en el sistema financiero, los bienes y activos alcanzando también a los socios y accionistas tanto nacionales como extranjeros.
- Ante el incumplimiento del pago de las deudas por concepto de Essalud, se impondría una multa de hasta el 20% de la deuda acumulada a la fecha de la liquidación. Las multas estarán sujetas a la clasificación de los tipos de regímenes tributarios.
- El inicio del cobro coercitivo, de la deuda integral por concepto de Essalud, se iniciaría a partir de los dos meses (60 días) de presentarse el retraso.
- El cobro coercitivo por concepto de Essalud a los deudores alcanzaría a los socios, accionistas según sea el tipo de empresa y régimen laboral quienes responderán con su patrimonio.
- Se otorgaría al deudor un descuento sobre la deuda integral de hasta un 20% si pagan dentro de los 30 días de la notificación del requerimiento de pago.
Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley en el siguiente enlace: https://tinyurl.com/46yhfvu6
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Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 02/06/2023