Como es de conocimiento general, mediante el artículo 2 de la Ley N° 30341 se estableció la exoneración de la enajenación de valores negociados en el mercado de valores peruano. La vigencia de esta medida se prorrogó por el Decreto de Urgencia N° 005-2019 hasta el 31 de diciembre de 2022.
Asimismo, mediante la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31662 prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2023 la exoneración del impuesto a la renta por las rentas provenientes de la enajenación de valores prevista en la Ley N° 30341, Ley que fomenta la liquidez e integración del Mercado de Valores.
Mediante el Proyecto de Ley Nº 6473/2023-CR, presentado al Congreso de la República el día 22 de noviembre de 2023, se plantea prorrogar la exoneración del Impuesto a la Renta sobre la enajenación de valores establecida en la Ley N° 30341 acorde a los siguientes puntos:
- La exoneración es aplicable a las ganancias de capital generadas por una persona natural, sucesión indivisa o sociedad conyugal que optó por tributar como tal.
- La exoneración aplica hasta las primeras cien 100 UIT de la ganancia de capital generada en cada ejercicio gravable.
Si necesita asesoría sobre estos temas, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe
Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 23/11/2023