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Proyecto de Ley que plantea dejar sin efecto obligación de consignar RUC

Como es de conocimiento general, mediante la Ley N° 31380 publicada el 27 de diciembre de 2021, el Congreso de la República delegó en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica. Entre las citadas facultades se autorizó el perfeccionamiento de la regulación del Registro Único de Contribuyente (RUC).

A través del Decreto Legislativo N° 1524 se implementó la referida facultad delegada, modificando la Ley del Registro Único de Contribuyente, así como su normativa vinculada, con el fin de mejorar la identificación de aquellos sujetos cuya situación o actividad debe estar bajo el control de la SUNAT.

Con la modificación mencionada también se deberá consignar el RUC y el nombre, denominación o razón social; en toda la documentación mediante la cual se oferten bienes y/o servicios a terceros, incluidos aquellos casos en que la oferta se realice utilizando plataformas digitales de comercio electrónico, redes sociales, páginas web, correos publicitarios, aplicaciones móviles, entre otros.

Cabe resaltar que esta obligación entrará en vigor el 01 de julio de 2023.

No obstante, mediante el Proyecto de Ley N° 05434/2022-CR, presentado al Congreso de la República el día 21 de junio de 2023, se plantea modificar el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 943 a fin de eliminar la obligación de consignar el RUC y el nombre, denominación o razón social.

Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley en el siguiente enlace: https://tinyurl.com/26vz9bua

Si necesita asesoría sobre estos temas, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe

Fuente: Staff Contadores & Empresas

Fecha: 22/06/2023

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.