Como es de conocimiento general, la finalidad de una Zona Franca es impulsar el desarrollo de una zona o región determinada, a través de la captación de nuevas inversiones y la creación de empleo, para ello en un área geográfica determinada se permite que ciertas actividades comerciales e industriales se realicen bajo un tratamiento especial en materia tributaria y aduanera.
Mediante el Proyecto de Ley Nº 2501/2021-CR, presentado el día 5 de julio de 2022 en el Congreso de la República, se plantea crear la Zona Franca de Amazonas – ZOFRA-AMAZONAS.
En el citado proyecto se propone además la exoneración de determinados tributos a las siguientes actividades:
Actividades comprendidas | Tributos comprendidos |
1.- Producción 2.- Investigación 3.- Industrialización 4.- Agroindustria 5.- Servicios | 1.- Impuesto a la Renta 2.- IGV 3.- IPM 4.- Derechos Aduaneros 5.- ISC 6.- Aranceles 7.- Todo tributo creado o por crearse. 8.- Las operaciones entre usuarios de ZOFRA-AMAZONAS están exoneradas de IGV e IPM. |
Cabe precisar que no se encuentran incluidos dentro del alcance de la exoneración propuesta: i) las aportaciones a derechos pensionarios; ii) Essalud.
Finalmente, se prohíbe el ingreso de bienes cuya importación esté prohibida y de mercaderías que atenten contra la salud pública, medio ambiente y la seguridad nacional.
Es importante precisar que dicha propuesta se encuentra en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera desde el 06 de julio de 2022.
Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley N°2501/2021-CR en el siguiente botón:
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Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 08/07/2022