Como es de conocimiento general, la finalidad de una Zona Franca es impulsar el desarrollo de una zona o región determinada, a través de la captación de nuevas inversiones y la creación de empleo, para ello en un área geográfica determinada se permite que ciertas actividades comerciales e industriales se realicen bajo un tratamiento especial en materia tributaria y aduanera.
Mediante el Proyecto de Ley Nº 04375/2022-CR, presentado el día 03 de marzo de 2023 en el Congreso de la República, se plantea crear la Zona Económica Especial de Puno.
En el citado proyecto se propone además la exoneración de determinados tributos a las siguientes actividades:
Actividades comprendidas | Tributos comprendidos |
1.- Manufacturación 2.- Industriales 3.- Agroindustriales 4.- Servicios 5.- Ensamblaje 6.- Maquila 7.- Otros servicios | 1.- Impuesto a la Renta 2.- IGV 3.- IPM 4.- Impuesto Extraordinario de Solidaridad 5.- ISC 6.- Todo tributo creado o por crearse. |
Cabe precisar que no se encuentran incluidos dentro del alcance de la exoneración propuesta: i) Aportaciones a Essalud; ii) Demás aportes a favor de los trabajadores y tasas.
Asimismo, Las operaciones que se efectúen entre los usuarios dentro de la Zona Económica Especial de Puno (ZEEDEPUNO), están exoneradas del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal.
Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley Nº 04375/2022-CR en el siguiente botón:
Si necesita asesoría sobre cualquiera de los temas indicados, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe
Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 07/03/2023