Mediante el Proyecto de Ley Nº 6767/2023-PE, presentado al Congreso de la República el día 05 de enero de 2024, se plantea modificar la Ley del Impuesto a la Renta, incorporando los acápites iv. y v. al inciso h) del tercer párrafo del artículo 18 de la Ley del Impuesto a la Renta, con el objetivo de aprobar la inafectación tributaria a los intereses y gananciar de capital de las Operaciones de Reporte y los Fondos Bursátiles.
El presente proyecto, plantea la modificación del artículo 18 de la Ley del Impuesto a la Renta, en los siguientes términos:
“Articulo 18.- No son sujetos pasivos del impuesto:
(…)
Constituyen ingresos inafectos al impuesto:
(…)
h) Los intereses y ganancias de capital provenientes de:
(…)
iv. Operaciones de Reporte donde los valores que el adquirente recibe del enajenante sean los instrumentos considerados en los acapites i. y ii. del presente inciso.
v. Enajenacién de unidades de participacién de Fondos Bursatiles o Exchange Traded Fund (ETF) que tengan como objetivo replicar la rentabilidad de indices, de acceso publico, construidos en base a los instrumentos considerados en los acapites i. y ii. del presente inciso.”
Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley Nº 6767/2023-PE en el siguiente enlace: http://tinyurl.com/zry6euz2
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Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 09/01/2024