Tipo de Norma: Resolución Administrativa
Número de Norma: N° 000147-2022-CE-PJ
Fecha de Publicación: Sábado, 23 de abril de 2022
A pesar de la emergencia sanitaria a nivel nacional, se decide mantener las labores en el Poder Judicial, por lo que mediante Resolución Administrativa Nº 000113-2022-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre otras medidas, prorrogó hasta el 31 de abril de 2022 la vigencia del protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo Nº 044- 2020-PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-2020-PCM”, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000129-2020-CE-PJ, y modificado por Resolución Administrativa Nº 000146-2020-CE-PJ. Asimismo, se establecieron medidas administrativas para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos durante dicho periodo.
En tal sentido, a través de la Resolución Administrativa N° 000147-2022-CE-PJ, se prorroga, del 1 al 31 de mayo de 2022, la vigencia del protocolo aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000129-2020-CE-PJ, y modificado por Resolución Administrativa Nº 000146-2020-CE-PJ, y se dispone las siguientes medidas administrativas, las mismas que regirán para los jueces, así como personal jurisdiccional y administrativo.
De las labores de jueces
- Los jueces realizarán trabajo presencial diario en jornada completa, considerando que tienen despacho privado que garantiza las medidas de bioseguridad establecidas; debiendo las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia adoptar las medidas necesarias para dicho fin.
- Los jueces que no cuenten con el esquema de vacunación completa del COVID-19, y/o que hayan sido evaluados por el profesional médico de la respectiva Corte, efectuarán trabajo remoto conforme a lo establecido en la Versión Nº 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000408-2020-CE-PJ.
- Los jueces pueden atender presencialmente o a través de la herramienta informática “El Juez te escucha, programa tu cita”, a los abogados y partes procesales; debiéndose observar las medidas de bioseguridad necesarias en el primer caso.
De las labores del personal jurisdiccional y administrativo
- Las labores del personal jurisdiccional y administrativo se realizarán en forma presencial diaria, que se completará con trabajo remoto. Respetándose los turnos establecidos.
- El personal jurisdiccional y administrativo que no cuenten con el esquema de vacunación completa COVID-19, y/o que hayan sido evaluados por el profesional médico de la respectiva Corte Superior, efectuarán trabajo remoto en el horario de ocho horas diarias conforme a lo establecido en la versión Nº 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000408-2020-CE-PJ.
- Para el desarrollo del trabajo presencial se deberá considerar las medidas que permitan mantener el distanciamiento físico de un metro y medio entre los asistentes, además del uso permanente de la mascarilla KN95 o, en su defecto, una mascarilla quirúrgica más una mascarilla comunitaria (tela); debiéndose adoptar las medidas necesarias para prevenir el contagio del COVID-19.
- Los servidores del Poder Judicial que realizan labores de resguardo, seguridad y vigilancia, prestarán dichos servicios en los horarios establecidos por su jefe inmediato, y, con sujeción a jornadas acumulativas, siempre que las mismas no excedan de 48 horas semanales.
Vigencia: Desde el 24/04/2022