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Prorrogan excepción de aplicación de retenciones a productos primarios derivados de la actividad agropecuaria

Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia

Número de Norma: N° 000286-2022/SUNAT

Fecha de Publicación: Domingo, 25 de diciembre de 2022

Cómo es de conocimiento general, mediante la Resolución de Superintendencia (R.S) Nº 234-2005/SUNAT se aprobó el régimen de retenciones del impuesto a la renta sobre operaciones por las cuales se emitan liquidaciones de compra, excluyéndose de los alcances del mencionado régimen a las operaciones que se realicen, respecto de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria[1].

Mediante la segunda disposición complementaria final de la R.S N° 124-2013-SUNAT, se estableció una vigencia temporal de la citada exclusión, la cual se prorrogó en reiteradas oportunidades, siendo la última la dispuesta por Resolución de Superintendencia N° 276-2019-SUNAT, debiendo vencer el 31 de diciembre de 2022.

A través de la presente disposición, se modifica la segunda disposición complementaria final de la Resolución de Superintendencia N° 124-2013/SUNAT y normas modificatorias, a fin de prorrogar una vez más la exclusión del sistema de retenciones respecto de productos primarios derivados de la actividad agropecuaria, la cual estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2024.

En consecuencia, a partir del 1 de enero de 2025, el régimen de retenciones del impuesto a la renta, aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 234-2005/SUNAT y normas modificatorias, sería de aplicación respecto de los productos primarios derivados de la actividad agropecuaria.

Vigencia: Desde el 26/12/2022

[1] Conforme lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 2 de la R.S N° 234-2005/SUNAT.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.