Tipo Norma: Decreto de Urgencia
Número de Norma: Decreto de Urgencia N° 091-2021
Fecha de Publicación: jueves, 30 de setiembre de 2021
Cómo es de conocimiento general, a través del Decreto de Urgencia Nº 057-2021 (28/06/2021), se amplió el plazo de acogimiento a los distintos programas y fondos que dan acceso a las empresas a financiamiento como el FAE TURISMO o FAE-AGRO, entre otros, conforme al siguiente detalle:
Fondo/Programa | Prórroga |
PAE-MYPE | Plazo de acogimiento al programa hasta el 30 de setiembre |
FAE-TURISMO | Plazo de acogimiento al programa hasta el 30 de setiembre |
FAE-AGRO | Plazo de acogimiento al programa hasta el 30 de setiembre |
FAE-MYPE | Plazo de acogimiento a las reprogramaciones de crédito hasta el 30 de setiembre |
REACTIVA PERÚ | Plazo de acogimiento a las reprogramaciones de crédito hasta el 30 de setiembre |
Mediante la presente disposición, se extiende el plazo de acogimiento de dichos programas y fondos a fin de que se pueda facilitar la reactivación económica de las MYPES y el acceso al financiamiento, entre otras medidas.
En el caso del plazo de acogimiento de los distintos fondos, se plasma en el siguiente cuadro:
Fondo/Programa | Prórroga |
PAE-MYPE | Plazo de acogimiento al programa hasta el 31 de marzo de 2022. |
FAE-TURISMO | Plazo de acogimiento al programa hasta el 31 de marzo de 2022. |
FAE-AGRO | Plazo de acogimiento al programa hasta el 31 de marzo de 2022. Asimismo, la vigencia de la cobertura es hasta el 31 de agosto de 2023. |
FAE-MYPE | Plazo de acogimiento a las reprogramaciones de crédito hasta el 31 de diciembre de 2021. |
REACTIVA PERÚ | Plazo de acogimiento a las reprogramaciones de crédito hasta el 31 de diciembre de 2021. |
Por otro lado, cabe resaltar que en los programas de FAE-TURISMO, PAE-MYPE se incluye aparte de los créditos para capital de trabajo, el término “activo fijo” tanto en los límites de la garantía, criterios de elegibilidad del beneficiario, alcance, creación y el plazo de acogimiento.
Cabe resaltar que en Fondo FAE-TURISMO, se amplía el plazo máximo de periodo de gracia de los créditos para capital de trabajo y/o activo fijo que otorguen las entidades del sector financiero a las MYPE del Sector Turismo que pasa de 18 meses a 24 meses.
Vigencia: Hasta el 31 de diciembre, salvo lo dispuesto en los artículos 2, 3, 4, 5 y 6 que están referidos a la ampliación de la vigencia de los programas indicados.