Según el laboralista Germán Lora, la legislación laboral permite varias formas de compensar las horas no laboradas pagadas con licencia con goce de haber. Así, un porcentaje de esta compensación puede concretarse con horas de trabajo y el otro porcentaje de ella, con beneficios laborales.Algunas de las opciones para compensar las horas dejadas de laborar son las vacaciones pendientes de goce del trabajador o vacaciones adelantadas, así como las horas extras de trabajo. Otra posibilidad es compensar económicamente las horas con las gratificaciones legales de julio o diciembre del presente año o con la compensación por tiempo de servicios (CTS) sin afectar de ningún modo el monto intangible. Además, se puede efectuar la compensación con el descuento de la remuneración mensual del trabajador, siempre y cuando no se afecte la remuneración mínima vital (RMV), o con bonos o bonificaciones extraordinarias o pactadas por convenio colectivo.Además, se podría compensar las horas dejadas de trabajar con la liquidación de beneficios sociales o con las utilidades legales a las que tendría derecho el trabajador al culminar el año. Podrá concretarse asimismo con trabajo efectivo posterior en la jornada habitual de labores, previa reducción temporal de la jornada y del salario. También con horas de capacitación fuera de la jornada de trabajo, como se ha dispuesto en el Estado. La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) ya emitió un pronunciamiento sobre cómo se compensar. Asimismo, se pueden compensar las horas dejadas de laborar con trabajo efectivo posterior en sobretiempo de la jornada habitual o en efectivo.Finalmente, recomienda que tanto el empleador como el trabajador sean conscientes y asuman un criterio de razonabilidad sin posiciones firmes o duras respecto a la compensación de horas dejadas de trabajar.Fecha: 24/05/2020Fuente: Diario El Peruano
Propuestas para compensar las horas pagadas con licencia con goce de haber
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