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Promoción a la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación

Mediante la Ley Nº 30309, Ley que promueve la Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación TecnológicaXNT, el Poder Ejecutivo ha dispuesto ciertos beneficios tributarios aplicables a los gastos en proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica. Así, se ha dispuesto que los contribuyentes que efectúen gastos en proyectos de investigación científica, vinculados o no al giro de negocio de la empresa, que cumplan con los requisitos establecidos, podrán acceder a deducciones de 150% y 175% de los gastos relacionados a estas investigaciones, dependiendo si la realiza el propio contribuyente o un tercero.Al respecto, el Ministro de la Producción ha referido que “Una de las grandes ventajas de hacer este tipo de medidas es que empezaremos a ver quién innova. En el Perú no sabemos quién hace investigación para el desarrollo porque no hay incentivo tributario”. Según el Ministro, conocer a dichas empresas permitirá el diseño de políticas focalizadas hacia lo que hacen algunas compañías.&lt!–[if gte mso 9]&gt&ltxml&gt &lto:OfficeDocumentSettings&gt &lto:AllowPNG/&gt &lt/o:OfficeDocumentSettings&gt&lt/xml&gt&lt![endif]–&gtFecha depublicación: 10.05.2015&ltspan style=”font-size:11.0ptline-height:115%font-family:&quotCalibri&quot,&quotsans-serif&quotmso-ascii-theme-font:minor-latinmso-fareast-font-family:Calibrimso-fareast-theme-font:minor-latinmso-hansi-theme-font:minor-latinmso-bidi-font-family:&quotTimes New Roman&quotmso-bidi-theme-font:minor-bidimso-ansi-language:ES-PEmso-fareast-language:ES-PEmso-bidi-language:AR-SA”&gtFuente: Diario El Peruano

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.