Mediante la Ley Nº 30309, Ley que promueve la Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación TecnológicaXNT, el Poder Ejecutivo ha dispuesto ciertos beneficios tributarios aplicables a los gastos en proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación tecnológica. Así, se ha dispuesto que los contribuyentes que efectúen gastos en proyectos de investigación científica, vinculados o no al giro de negocio de la empresa, que cumplan con los requisitos establecidos, podrán acceder a deducciones de 150% y 175% de los gastos relacionados a estas investigaciones, dependiendo si la realiza el propio contribuyente o un tercero.Al respecto, el Ministro de la Producción ha referido que Una de las grandes ventajas de hacer este tipo de medidas es que empezaremos a ver quién innova. En el Perú no sabemos quién hace investigación para el desarrollo porque no hay incentivo tributario. Según el Ministro, conocer a dichas empresas permitirá el diseño de políticas focalizadas hacia lo que hacen algunas compañías.<!–[if gte mso 9]><xml> <o:OfficeDocumentSettings> <o:AllowPNG/> </o:OfficeDocumentSettings></xml><![endif]–>Fecha depublicación: 10.05.2015<span style=»font-size:11.0ptline-height:115%font-family:"Calibri","sans-serif"mso-ascii-theme-font:minor-latinmso-fareast-font-family:Calibrimso-fareast-theme-font:minor-latinmso-hansi-theme-font:minor-latinmso-bidi-font-family:"Times New Roman"mso-bidi-theme-font:minor-bidimso-ansi-language:ES-PEmso-fareast-language:ES-PEmso-bidi-language:AR-SA»>Fuente: Diario El Peruano

Promoción a la investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación
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