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Principales alcances sobre la facturación electrónica de proveedores del Estado

Cómo es de conocimiento general, mediante la Resolución de Superintendencia (R.S) Nº 048-2021/SUNAT (10/04/2021), como parte del proceso de incorporación de sujetos obligados a la emisión electrónica, se estimó conveniente designar como emisores electrónicos a aquellos proveedores del Estado que deban emitir facturas por las operaciones, con Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Público Nacional.

Cabe señalar que, los contribuyentes podrán utilizar cualquiera de los siguientes sistemas:

-Sistema de emisión electrónica – SOL
– Sistema de emisión electrónica del Contribuyente
– Sistema de emisión electrónica Facturador Sunat
– Sistema de emisión electrónica Operador de servicios electrónicos (OSE)

Asimismo, están exceptuados del alcance de esta norma los siguientes supuestos:

Es importante, considerar que los alcances comentados de la R.S Nº 048-2021/SUNAT se aplicarán a partir del 01 de octubre de 2021.

Si necesita asesoría concreta sobre el tema puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe

Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 09/08/2021

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.