El Tribunal Fiscal considera que los pagos realizados a trabajadores dependientes, incluso en caso de Gerentes de una empresa no deben ser consideradosXNT por Sunat como una remuneración respecto de las contribuciones realizadas a Essalud.En ese sentido, el Tribunal Fiscal explica que no existe una norma legal o jurisprudencia que imponga a los trabajadores dependientes el impedimento de prestar servicios a su mismo empleador bajo un vínculo no laboral por lo tanto, dicha entidad considero equivocado el criterio de Sunat al suponer que todos los ingresos que percibe un Gerente son de relación de dependencia y no pueden firmar un contrato bajo locación de servicios.Fecha de publicación: 20.05.2015Fuente: Diario Gestión
