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¡Prepárate! A partir de 2025, empresas de juegos online tendrán régimen tributario similar a casino

El Poder Ejecutivo reglamentó en días recientes la aplicación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) a los juegos a distancia y a las apuestas deportivas a distancia, y las condiciones para su cumplimiento. También se publicó el reglamento del impuesto que grava las ganancias de las empresas dedicadas a estas actividades.

De esta manera, se posibilita que las empresas que ofrecen estos servicios mediante plataformas tecnológicas tengan un tratamiento tributario similar al que tienen los juegos de casino y tragamonedas presenciales, el cual, entrará en vigencia a partir del 01 de enero de 2025.

Así, con el Decreto Supremo N° 254-2024-MEF se reglamentó las disposiciones necesarias para la aplicación del ISC a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia que se realizan o consumen en el país, a través de plataformas tecnológicas explotadas por empresas peruanas o empresas extranjeras, titulares de una autorización concedida por la autoridad competente.

Entre otros aspectos, se determina que la obligación del pago del ISC se origina cuando se debitan fondos o bonificaciones valorizadas en dinero de las cuentas generadas por los usuarios para la realización de apuestas. Asimismo, se establecen las reglas para la declaración ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), lo que comprende el tipo de cambio a utilizar para las operaciones realizadas en moneda extranjera.

De otra parte, mediante Decreto Supremo N° 253-2024-MEF se reglamentó el impuesto a los juegos a distancia y a las apuestas deportivas a distancia, el cual se aplica sobre las ganancias obtenidas por las empresas dedicadas a estos rubros. Este equivale al 12% de la base imponible de las operaciones de estas empresas, y su determinación es mensual.

Así, se regulan, entre otros, definiciones y los tipos de cambio para propósitos de la determinación de la base imponible del impuesto, la oportunidad, forma y condiciones para que las personas jurídicas constituidas en el exterior puedan solicitar la compensación o devolución de los pagos indebidos o en exceso del impuesto realizados.

Cabe recordar que el impuesto a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia se creó mediante la Ley N° 31557 en el 2022, la cual también reguló algunos aspectos del ISC aplicable a los juegos a distancia y a las apuestas deportivas a distancia. En setiembre de 2024 se aprobó el Decreto Legislativo N° 1644, que complementó la regulación de ambos impuestos para permitir su aplicación.

El reglamento del impuesto a los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia también regula el abono que debe efectuar la SUNAT a favor de las entidades que recibirán los recursos recaudados: Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Ministerio de Salud (MINSA), Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) e Instituto Peruano del Deporte (IPD).

Fuente: El Peruano

Fecha: 23/12/2024

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.