Mediante Informe Nº 045-2013-SUNAT/4B0000, Sunat estableció el siguiente criterio:1. Las autorizaciones de porcentajes deXNT depreciación mayores a los establecidos en el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, otorgadas al amparo del inciso d) del artículo 22 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, carecen de eficacia a partir del 1.1.2001.2. Las resoluciones emitidas por la Administración Tributaria autorizando porcentajes de depreciación mayores a los establecidos en el inciso b) del artículo 22° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta en aplicación del texto original del artículo 40° del Decreto Legislativo N.° 774 no constituían beneficios tributarios.
Precisan que no están vigentes las autorizaciones de porcentajes de depreciación mayores a los establecidos en el inciso b) del artículo 22 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta
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