Tipo de Norma: Resolución de Presidencia Ejecutiva
Número de Norma: N° 1026-PE-ESSALUD-2022
Fecha de Publicación: Sábado, 01 de octubre de 2022
Con la finalidad de optimizar sus procesos relacionados con la atención de los trámites de seguros y prestaciones económicas, supervisión y fiscalización posterior de los mismos; la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas expresa la necesidad de contar con las Plataformas de Atención, que fueron transferidas a la Gerencia Central de Atención al Asegurado. Toda vez que, la Plataforma de Atención de las Oficinas de Seguros y Prestaciones Económicas (OSPE) que fue transferida a la Gerencia Central de Atención al Asegurado hace más complejos los procedimientos para la atención de los trámites de seguros y de prestaciones económicas, al haber involucrado a dos órganos centrales en la gestión de los mismos, situación que ocasiona duplicidad de funciones, demora en la atención de los trámites, problemas para el abastecimiento oportuno de recursos, así como para la supervisión y control de los procesos.
En ese sentido se establece lo siguiente:
- Se precisa que la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas, a través de las OSPE, asuma la atención integral de los tramites de seguros y prestaciones económicas, en el marco de lo establecido en el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud – ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 765-PE-ESSALUD-2015 y sus modificatorias.
- Se dispone la transferencia de las Plataformas de Atención, comprendidas en el numeral 3 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 142-PE-ESSALUD-2017, de la Gerencia Central de Atención al Asegurado, hacia las Oficinas de Seguros y Prestaciones Económicas de la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas; actividad que deberá culminarse en un plazo no mayor a 30 días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución.
- Se encarga a la Gerencia General la conformación del equipo de trabajo responsable del proceso de transferencia, mediante la cual se definirá el personal, presupuesto, bienes patrimoniales, acervo documentario, archivos digitales, entre otros, que forman parte del proceso de transferencia indicado en el numeral precedente.
- Se dispone que la Gerencia Central de Atención al Asegurado continúe atendiendo los trámites de seguros y prestaciones económicas que le fueron encargados, hasta la culminación del proceso de transferencia señalado en el segundo numeral de la presente Resolución.
- Se dispone que la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia Central de Gestión de las Personas, Gerencia Central de Logística, Gerencia Central de Tecnologías de Información y Comunicaciones y, la Gerencia Central de Gestión Financiera ejecuten las acciones que correspondan, en el ámbito de sus funciones, a efectos de implementar lo dispuesto en la presente resolución en el marco de la normatividad vigente, sin irrogar mayor gasto institucional.
- Se mantiene subsistente el numeral 3 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 142-PEESALUD-2017, en el extremo referido a la transferencia del personal, presupuesto, bienes patrimoniales y acervo documentario de la ex Subgerencia de Plataforma de Comunicación al Asegurado de la Gerencia Central de Operaciones y de la Unidad de Atención al Asegurado del Hospital Nacional Alberto Sabogal Sologuren hacia la Gerencia Central de Atención al Asegurado.
Finalmente, se deja sin efecto el numeral 8 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 142 -PE-ESSALUD-2017, una vez culminado el proceso de transferencia dispuesto en el segundo numeral.
Vigencia: Desde el 02/10/2022