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Practicantes preprofesionales no deben superar las 30 horas semanales de jornada formativa

Los practicantes preprofesionales deben cumplir, como máximo, una jornada formativa de seis horas diarias o 30 horas semanales. La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) hizo énfasis en este derecho sociolaboral, a pocos días de celebrarse el Día Internacional de la Juventud, cuya fecha central es el próximo 12 de agosto.

Asimismo, recordó que los practicantes profesionales, es decir, quienes ya terminaron la carrera, deben cumplir una jornada formativa de ocho horas diarias o 48 horas semanales, como máximo.

En ese sentido, tanto los practicantes preprofesionales como los profesionales no deben realizar horas extraordinarias, puesto que el incumplimiento a esas disposiciones es considerado como una infracción en materia de promoción y formación para el trabajo, y puede ser leve, grave y muy grave, dependiendo del tipo de empresa y de la cantidad de practicantes afectados. 

En caso de cometerse una infracción muy grave, la Sunafil recuerda que el empleador podría ser sancionado con multas que oscilan entre 1,184.50 y 270,529.50 soles.

Pero si durante una inspección se determina que se trata de un trabajador y no de un practicante, éste deberá ser ingresado a planilla y obtener todos sus derechos sociolaborales.

Subvención mensual

Tanto los practicantes preprofesionales como los profesionales tienen derecho a una subvención mensual, que no puede ser inferior a la Remuneración Mínima Vital, es decir 1,025 soles.

Además, tienen derecho a un descanso semanal, a feriados no laborables, y al descanso de 15 días subvencionado cuando se supere el año de las prácticas.

Asimismo, por cada seis meses de prácticas, deben recibir una subvención adicional, que equivale a la mitad de lo que perciben en un mes.

También es importante que el empleador contrate un seguro contra riesgos por enfermedad y accidentes, a través de Essalud o de un seguro privado.

Sunafil recuerda que las prácticas preprofesionales se encuentran dentro de las modalidades formativas que devienen de convenios entre el centro de formación profesional (universidad o instituto), el practicante y la empresa. En cambio, entre los practicantes profesionales, solo interviene la empresa y el joven que ya egresó.

Las empresas son las encargadas de brindar un aprendizaje teórico y práctico, a través del desempeño de tareas programadas de capacitación y formación profesional. Otras modalidades formativas son la pasantía, la actualización para la reinserción laboral y la capacitación laboral juvenil.

La Sunafil reitera su compromiso de difundir los derechos del sector juvenil, con la finalidad que los empleadores cumplan con ellos.

Fuente: El Peruano

Fecha: 08/08/2024

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.