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Postergan uso del Sistema Integrado de Registro Electrónicos y del módulo de registro de compras

Tipo de Norma: Resolución de Superintendencia

Número de Norma: N° 000190-2022/SUNAT

Fecha de Publicación: Miércoles, 28 de setiembre de 2022

Cómo es de conocimiento general, mediante la Resolución de Superintendencia (R.S) Nº 000112-2021/SUNAT, se establecieron nuevas disposiciones para el llevado del Registro de Ventas e Ingresos de manera electrónica, aprobándose el módulo RVIE.

Asimismo, mediante la R.S. N° 000040-2022/SUNAT, se aprobó el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), conformado por el Módulo para el llevado del Registro de Compras de manera electrónica (RCE) y el módulo del Registro de Ventas e Ingresos de manera electrónica  (RVIE), y se modificaron los párrafos 2.1 del artículo 2, los párrafos 3.1 y 3.5 del artículo 3, el primer párrafo del artículo 4 y el primer párrafo del párrafo 8.3 del artículo 8 de la R.S. N° 000112-2021/SUNAT.

Mediante la presente resolución, se posterga el uso del SIRE para el llevado conjunto de los registros de ventas e ingresos y de compras electrónicos, con la referida postergación el uso del SIRE para el llevado del RCE y el RVIE sería obligatorio, para determinados contribuyentes, a partir del período julio de 2023[1] y no octubre de 2022.

Vigencia: Desde el 29/09/2022

[1] Para aquellos contribuyentes comprendidos en el anexo Nº 7 de la R.S N° 000112-2021/SUNAT y obligados a llevar a partir del periodo julio de 2023 el Registro de ventas e ingresos y el Registro de compras de forma electrónico en el SLE – PLE o el SLE – Portal, en virtud a su condición de Principales contribuyentes o a su nivel de ingresos, entre otros.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.