El Poder Judicial fijó en 460 soles el valor de la unidad de referencia procesal (URP), la cual equivale al 10% de la unidad impositiva tributaria (UIT), y aprobó el cuadro de valores de los aranceles judiciales para el presente ejercicio 2022, mediante la Resolución N° 002-2022-CE-PJ.
De esta manera, por actos procesales cuyo valor de la pretensión sea hasta 100 URP o de cuantía indeterminable, el índice será del 10% de la URP (46 soles) por ofrecimiento de pruebas en las demandas, excepciones, defensas previas, contestaciones de demandas, reconvenciones, denuncia civil, intervención, exclusión y sucesión procesal.
La norma fijó también las tasas por solicitud de nulidad de actos procesales (10%-46 soles), recurso de apelación de autos (10%-46 soles), recurso de apelación de sentencias (40%-184 soles), recurso de nulidad y casación (160%- 736 soles), recurso de queja (25%-115 soles) y diligencias fuera del local judicial (50%- 230 soles).
Se suman por formas especiales de conclusión del proceso: allanamiento y reconocimiento, transacción judicial, desistimiento en cualquiera de sus modalidades y por suspensión convencional del proceso (28%-128.80 soles) y otorgamiento de poder por acta (10%-46 soles).
En el cuadro de valores se establecen asimismo los índices por actos procesales cuyo valor de la pretensión sea mayor de 100 URP hasta 250 URP; de 250 URP hasta 500 URP; de 500 URP hasta 750 URP; de 750 URP hasta 1,250 URP; y 1,250 URP hasta 2,000 URP.
Fuente: Diario El Peruano
Fecha: 21/01/2022