Como es de conocimiento general, en el numeral 5 del artículo 2 de nuestra Constitución, se regula el derecho al secreto bancario y la reserva tributaria, estos derechos sólo pueden levantarse a pedido de determinadas autoridades como el Juez, del Fiscal de la Nación, una comisión investigadora del Congreso, el Contralor de la República y el Superintendente de la SBS.
Mediante el Proyecto de Ley Nº 10179/2024-CR, presentado al Congreso de la República el día 11 de febrero de 2025, se plantea la modificación de los numerales 5 y 10 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
La modificación que se propone radica en considerar entre los sujetos autorizados a pedir el levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria, a la autoridad policial o fiscal en el caso de la investigación por los delitos de sicariato, extorsión, marcaje, reglaje y tráfico ilícito de drogas.
Puede acceder al contenido completo del Proyecto de Ley Nº 10179/2024-CR en el siguiente enlace: https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/MjU3MTU1/pdf
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Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 12/02/2025