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Período 2022: Pago de utilidades inicia el 25 de marzo

Las empresas del sector privado suelen realizar el reparto de utilidades entre sus trabajadores entre los meses de febrero y marzo de cada año. En la presente nota le contamos aspectos importantes de este beneficio económico.

El reparto de utilidades es un derecho que tienen los trabajadores en planilla y se ejecuta una vez al año. Este año, el pago de este beneficio laboral inicia el 25 de marzo.

¿Qué empresas deben repartir utilidades? 

Las empresas privadas que tuvieron más de 20 trabajadores en planilla, y generaron rentas de tercera categoría el año previo, deben repartir un porcentaje de estas ganancias entre sus colaboradores.

De manera contraria, no se encuentran obligadas al pago de este beneficio las instituciones del sector público, las organizaciones sin fines de lucro, las empresas privadas que el año anterior tuvieron 20 trabajadores o menos, las empresas privadas con pérdidas tributarias o que arrastran pérdidas de años anteriores, ni las microempresas.

¿Cómo saber si me corresponde el pago? 

Respecto a los trabajadores, recibirán utilidades todos los que estuvieron en planilla al menos un día el año anterior. Ello incluye a los que tienen contratos temporales y de plazo indefinido, de tiempo completo y de tiempo parcial, extranjeros y peruanos. 

No se considera a los practicantes, a las personas que emiten recibos por honorarios, ni a los trabajadores informales.

¿Cuándo debe efectuarse el pago? 

El plazo máximo para el pago es de 30 días calendario posteriores a la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta ante la Sunat por parte de la empresa, y tiene como fecha límite el 8 de abril para 2022.

¿Cuánto recibe cada trabajador? 

El cálculo del monto que corresponde a cada trabajador se hace de la siguiente manera: (i) un primer 50% dependerá del número de días real y efectivamente laborados durante el año 2021, y (ii) el otro 50% se repartirá en proporción a las remuneraciones que percibió en el mismo periodo. La suma de ambos conceptos deberá ser abonada a los trabajadores por concepto de utilidades, hasta un límite máximo de 18 sueldos. 

¿Cómo verifico que mis utilidades hayan sido correctamente calculadas y desembolsadas? 

El empleador debe entregar a sus trabajadores una “hoja de liquidación”, un documento donde se precisa cómo se ha calculado el beneficio.  

El referido documento debe contener, mínimamente, (i) la razón social del empleador, (ii) nombre y apellidos del trabajador, (iii) renta anual de la empresa antes de impuestos, (iv) números de días laborados por el trabajador, (v) remuneración considerada para el cálculo, (vi) número total de días laborados por todos los trabajadores de la empresa con derecho a percibir utilidades, (vii) remuneración total pagada a todos los trabajadores de la empresa, (viii) procedimiento de cálculo, y, de darse el caso, (ix) el monto que excede a los 18 sueldos.

Acceda a mayor información sobre el Pago de Utilidades 2022 aquí

Fuente: La Ley

Fecha: 28/02/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.