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¿Pensando en salir de vacaciones? Conozca cómo acceder a este derecho

Comenzó enero y más de uno pedirá vacaciones para disfrutar del verano. Si ya lo estás pensando, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) explica cómo disfrutar de este derecho.

Paso 1: Averigua si tienes 30 días de vacaciones

Tienen derecho a 30 días de vacaciones remuneradas, los trabajadores de la actividad privada que cuenten con una jornada laboral, igual o mayor a cuatro horas diarias, y que hayan cumplido un año de servicios. Además, deben cumplir con un récord vacacional.

Paso 2: Tu empleador debe abonarte la remuneración antes del inicio de tus vacaciones

La remuneración debe ser equivalente a la que el trabajador percibe habitualmente y debe ser abonada antes del inicio de las vacaciones. Por ejemplo, si decidimos salir el 10 de enero, debería ser abonada antes de esa fecha.

Paso 3: Tiempo considerado para el récord vacacional

Son varios los días que se computan para el récord vacacional: si trabajas durante cuatro horas al día, se computa como un día de labor efectivo; de igual forma, el trabajo realizado en un día de descanso; el trabajo en un día domingo y las horas extra entre 4 a más horas. Todos esos días adicionales que trabajaste se acumulan y sirven para que tengas derecho a las vacaciones.

Paso 4: Licencias son consideradas para el récord

Las licencias también ingresan en el cómputo del récord vacacional. De este modo, el descanso previo y posterior al parto, así como las licencias sindicales solicitadas para participar en una huelga y el tiempo de prueba de los trabajadores, son considerados días efectivos laborales para el descanso vacacional.

Paso 5: Trabajadores de part time y mypes también tienen vacaciones

Los trabajadores a tiempo parcial tienen derecho a gozar de seis días de descanso vacacional, al amparo de lo dispuesto en el convenio Nº 52 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Por su parte, los trabajadores de las micro y pequeñas empresas, debidamente acreditadas en el Remype, tienen derecho a gozar de 15 días calendario de descanso vacacional.

Fuente: El Peruano

Fecha: 03/01/2023

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.