El abogado laboralista César Puntriano Rosas indicó que los trabajadores contratados a tiempo indefinido, plazo fijo, tiempo parcialXNT, siempre y cuando hayan laborado por lo menos un mes, tienen derecho a recibir la gratificación por Navidad. Indicó que para calcular el monto de este beneficio, deberá determinarse a cuánto ascendió la remuneración del trabajador el 30 de noviembre.La referida gratificación equivaldrá a una remuneración íntegra si el trabajador laboró desde julio a diciembre y se reducirá proporcionalmente en su monto si el tiempo de servicios es menor, debiendo tenerse en cuenta para su cálculo los meses y días laborados en dicho período. Por el contrario, si el trabajador cesa antes del pago, solo percibirá una gratificación trunca, la cual asciende a 1/6 de la remuneración computable por mes calendario completo laborado en el semestre, no tomándose en cuenta los días de labor.Cabe indicar que la gratificación por Navidad está inafecta a todo tipo de aportes, contribuciones y descuentos, salvo el impuesto a la renta de quinta categoría. Asimismo, en cuanto al aporte a EsSalud (9 %) por la gratificación de Navidad será pagada al trabajador bajo el concepto de bonificación extraordinaria, y que para el caso de los afiliados a la EPS, el monto equivaldrá a 6,75 %.Fecha de publicación: 02/12/2017.Fuente: diario EL Peruano.
Pautas para el otorgamiento de la gratificación de Navidad
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