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Pago a cuenta por diferencia en cambio

La Administración Tributaria no impondrá sanciones debido a la mala determinación del pago a cuenta por diferencia en cambio. Así loXNT determinó la Sunat mediante la Carta Nº 034-2013-SUNAT/200000.Según SUNAT no existe duplicidad de criterio respecto a este tema, más aún cuando en su PDT anual del 2007 al 2011 se incluyó automáticamente una casilla para la diferencia en cambio.Por tal motivo, en base a la facultada discrecional no se aplicará multas ni sanciones, siempre y cuando hayan sido detectadas en un procedimiento de fiscalización.

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.