De acuerdo a la Ley Nº 30646, los médicos y radiólogos, así como el personal de salud expuesto a radiaciones ionizantes o sustancias radiactivas, que realizan sus labores tanto en el sector público como en el privado, tendrán derecho a un descanso físico semestral de 10 días calendario, adicional a su descanso vacacional.En ese sentido, los referidos trabajadores estarán prohibidos de laborar durante el periodo de descanso adicional y no deberán exponerse a las radiaciones ionizantes o sustancias radiactivas.Fecha de publicación: 18/08/2017.Fuente: diario El Peruano.
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