Mediante la Ley Nº 31301, publicada ayer en el Diario Oficial El Peruano, se establecen medidas que garanticen el acceso a una pensión a favor de los asegurados del SNP, que no logren acceder a una opción regulada por el Decreto Ley 19990.
Dicha norma establece que los afiliados a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) que tengan como mínimo 65 años de edad y cumplan con acreditar por lo menos 10 años de aportes y no lleguen a 15 años, tienen derecho a una pensión de jubilación de hasta 250 soles, 12 veces al año. Asimismo, los que tengan como mínimo 65 años de edad y cumplan con acreditar por lo menos 15 años de aportes y no lleguen a 20 años tienen derecho a una pensión de jubilación de hasta 350 soles.
Fuente: Diario El Peruano
Fecha de publicación: 23/07/2021