Ministerio de Salud modificó el ‘’Documento Técnico: Manejo ambulatorio de personas afectadas por la COVID-19 en el Perú’’, y dispone que, en Lima y Callao, así como en las ciudades de baja virulencia, el período de aislamiento y/o cuarentena será de 10 días. Entérate los detalles en la presente nota. [Resolución Ministerial Nº 010-2022/MINSA]
En Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, así como de las regiones del país que concentren variantes de la Covid-19 de preocupación de baja virulencia –determinado por la Autoridad Nacional de Salud-, el período de cuarenta y/o aislamiento obligatorio será, en principio, de 10 días.
Así los dispuso el Ministerio de Salud (MINSA) en la modificación realizada al ‘’Documento Técnico: Manejo ambulatorio de personas afectadas por la COVID-19 en el Perú’’, a través de la Resolución Ministerial Nº 010-2022/MINSA.
¿Cuál será el período de aislamiento obligatorio?
Acorde al referido documento técnico, el aislamiento obligatorio es el procedimiento por el cual a una persona considerada como caso sospechoso, probable o confirmado de Covid-19, y que no requiera hospitalización, se le indica aislamiento domiciliario.
En el caso de Lima, Callo y ciudades con baja virulencia, a los pacientes sintomáticos se les restringe el desplazamiento fuera de su vivienda o centro de aislamiento por un lapso de 10 días, contados a partir de la fecha de inicio de los síntomas.
En los pacientes asintomáticos, el aislamiento se mantiene hasta 10 días trascurridos desde la fecha que se tomó la muestra para PCR o prueba de detección de antígeno para diagnóstico.
¿Cuál será el período de cuarentena?
Acorde al referido documento técnico, la cuarentena es el procedimiento por el cual se le restringe el desplazamiento fuera de su vivienda a la persona o personas expuestas a un caso sospechoso, probable o confirmado de Covid-19.
En el caso de Lima, Callo y ciudades con baja virulencia, se les restringe el desplazamiento fuera de su vivienda a la persona o personas expuestas a un caso sospechoso, probable o confirmado de Covid-19 por un lapso de 10 días contados a partir del último día de exposición con el caso.
El plazo de 10 días puede reducirse a 7 días si hay una prueba molecular negativa realizada a partir del día 5 posterior al último día de contacto.
Lea y/o descargue la Resolución Ministerial Nº 010-2022/MINSA AQUÍ.
Lea y/o descargue el documento de modificación al ‘’Documento Técnico: Manejo ambulatorio de personas afectadas por la COVID-19 en el Perú’’ AQUÍ.
Fuente: La Ley
Fecha: 14/01/2022