Mediante Acuerdo de Sala Plena Nº 22, el Tribunal Fiscal determinó que la Administración Tributaria debe tramitar y emitir pronunciamientosXNT respecto de solicitudes no contenciosas de prescripción sin requerir derechos de trámite.Según el tributarista Percy Bardales, este acuerdo establece en forma obligatoria para la administración tributaria un criterio vinculante concordante al establecido previamente por el Tribunal Constitucional, en la sentencia recaída en el expediente Nº 3741-2004-AA/TC. Agregó que de acuerdo a dicha sentencia, es contrario a los derechos constitucionales al debido proceso, petición y de acceso a la tutela jurisdiccional, el exigir un pago como requisito o condición previa a la impugnación de un acto de la propia administración pública. Fuente: Diario El Peruano
Nuevo procedimiento administrativo gratuito ante la administración tributaria
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