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Nuevo plazo para atención de reclamos y quejas

Cómo es de conocimiento general, mediante el artículo 24 de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, se establecía que los proveedores estaban obligados a atender los reclamos presentados por sus consumidores y dar respuesta a los mismos en un plazo no mayor a 30 días calendario. Asimismo, dicho plazo podrá ser extendido por otro igual cuando la naturaleza del reclamo lo justifique.

No obstante, el día 22 de marzo de 2022, se publicó la Ley Nº 31435, a través de la cual, a partir del 21 de mayo de 2022, se reduce el plazo de atención de reclamos hasta 15 días hábiles improrrogables.

Cabe resaltar, que el plazo señalado también es aplicable cuando la queja o reclamo se formulé a través del libro de reclamaciones. Además, los establecimientos comerciales tienen la obligación de remitir al Indecopi la documentación correspondiente cuando este le sea requerido.

Si necesita asesoría sobre estos temas, puede concertar una cita con nuestra área de consultoría especializada a consultas@contadoresyempresas.com.pe

Fuente: Staff de Contadores & Empresas

Fecha: 23/05/2022

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.