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Nueva versión del PLAME y modificaciones a Declara F cil 621 IGV-RENTA mensual

Mediante la presente Resolución se establece lo siguiente:

1.- Se aprueba el PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual N&deg 0601 – Versión 3.9, a ser utilizado por:

a) &nbspLos sujetos a que se refiere el art&iacuteculo 4 de la Resolución de Superintendencia N&deg 183-2011/SUNAT obligados a cumplir con la presentación de la PLAME y la declaración de los conceptos referidos en los incisos del b) al m), o), p), r) y s) del art&iacuteculo 7 de la mencionada resolución, a partir del per&iacuteodo enero de 2021. Estos conceptos est&aacuten referidos a las retenciones del Impuesto a la Renta de quinta categor&iacutea y de cuarta categor&iacutea, contribuciones al EsSalud, entre otros.

b) Aquellos sujetos que se encuentren omisos a la presentación de la PLAME y a la declaración de los conceptos del b) al m) y del o) al s) del art&iacuteculo 7 de la Resolución de Superintendencia N&deg 183-2011/SUNAT (referidos a las retenciones del Impuesto a la Renta de quinta categor&iacutea y de cuarta categor&iacutea, contribuciones al EsSalud, entre otros) por los per&iacuteodos tributarios de noviembre de 2011 a diciembre de 2020, o deseen rectificar la información correspondiente a dichos per&iacuteodos.

El PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual N&deg 0601 – Versión 3.9, estar&aacute a disposición de los interesados a partir del 12 de febrero de 2021, siendo de uso obligatorio a partir de dicha fecha.

Asimismo, se incorpora el &iacutetem 1.18 del numeral 1. Datos del empleador del rubro I. Del T-Registro (Registro de Información Laboral) del Anexo 1: Información de la Planilla Electrónica aprobado por la Resolución Ministerial N&deg 121-2011-TR, conforme al siguiente texto:

&ldquoAnexo 1: Información de la Planilla Electrónica

(&hellip)

1.18 Empleador sujeto al R&eacutegimen Laboral Agrario de la Ley N&deg 31110 y tipo de actividad que realiza&rdquo.

2.- Se modifica el formulario Declara F&aacutecil 621 IGV-Renta mensual

A trav&eacutes de esta disposición se modifica el este formulario a fin de que los deudores tributarios del R&eacutegimen General comprendidos en la Ley N&ordm 31110, puedan elaborar y presentar la declaración mensual de sus pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de tercera categor&iacutea, as&iacute como efectuar el pago de estos, de corresponder.

Este formulario ser&aacute utilizado a partir del 10 de febrero de 2021.

Finalmente, para mayor detalle sobre la Ley N&ordm31110, puede revisar el informe especial &ldquoAn&aacutelisis del nuevo R&eacutegimen Agrario&rdquo, publicado en la primera quincena de enero de 2021 en su revista Contadores &amp Empresas disponible en la zona de suscriptores, puede acceder a dicha información en el siguiente link: https://tinyurl.com/yacjmvx2

Vigencia: Desde el 11/02/2021

Resolución de Superintendencia Nø020-2021/SUNAT

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.