El día de hoy se ha verificado que la Sunat ya implementó en su sistema de emisión electrónica SOL, la opción para consignar la información adicional de forma de pago (al contado o al crédito) en los recibos por honorarios electrónicos (RHE), en sujeción a lo establecido en la R.S. N° 193-2020/SUNAT.
Es importante indicar que la referida obligación se encuentra vigente desde el 01/09/2021.
Tener presente que cuando se elija como forma de pago “al crédito” (por ej. cuando el importe total de la venta, cesión en uso o servicio se paga total o parcialmente en fecha posterior a la de emisión), se debe colocar el importe pendiente de pago, la cuota o cuotas y las fechas de vencimiento):
Para mayor detalle sobre dicha obligación, también puede revisar nuestro informe “Modificación a la normativa electrónica sobre la emisión de factura, recibo por honorarios y nota de crédito electrónica – R.S N° 193-2020/SUNAT”, publicado en la primera quincena de setiembre de 2021 en su revista Contadores & Empresas disponible en la zona de suscriptores.
Fuente: Staff Contadores & Empresas
Fecha: 07/10/2021