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Se amplía autorización a la Sunat sobre certificados y firmas digitales

Tipo de Norma: Ley

Número de Norma: N° 31965

Fecha de Publicación: Domingo, 24 de diciembre de 2023

Mediante la presente disposición, se prorroga el plazo de autorización a la SUNAT para continuar con sus funciones de Entidad de Registro o Verificación, regulado en la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales hasta el 31 de diciembre de 2025.

Asimismo, la presente medida, señala que a partir del 01 de enero de 2026, la SUNAT podrá continuar con sus funciones de Entidad de Registro o Verificación siempre que haya cumplido con los procedimientos de acreditación respectivos ante el INDECOPI. Este último contará con un plazo máximo de 120 días hábiles para culminarlo.

Vigencia: Desde el 25/12/2023

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HENRY CORILLOCLLA DE LA CRUZ

Contador público colegiado. Egresado de la maestría en banca y finanzas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Asesor Contable de Contadores & Empresas.