El abogado laboralista Elmer Huamán indicó que el empleador que no pague la gratificación de diciembre será sancionado con dos infraccionesXNT. La primera, por no abonar de forma oportuna el beneficio, y la segunda por no cumplir con el pago de la bonificación extraordinaria regulada por la Ley Nº 30334.Ello, en función a uno de los criterios aprobados en el Resolución Ministerial Nº 233-2017-SUNAFIL, donde se refiere que la infracción por incumplimiento de las disposiciones sobre gratificaciones y bonificación extraordinaria se consideran como faltas independientes, pudiendo las multas abarcar desde los S/ 1,012.5 hasta los S/ 202,500, según el tipo de empresa y trabajadores afectados.Fecha de publicación: 05/12/2017.Fuente: diario El Peruano.
No pagar gratificaciones genera dos tipos de multas
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