El régimen temporal y sustitutorio del Impuesto a la Renta o de repatriación de capitales, sólo estará vigente hasta el 29 de diciembreXNT, y no existe plazo de ampliación, por lo que de no acogerse a tiempo, los contribuyentes fiscalizados tributarán con la tasa general más las multas e intereses.Este régimen beneficia a los contribuyentes con una tasa preferencial del 10% en lugar de 30% o del 7% en lugar de 30% para los que decidan repatriar sus rentas e invertir en el Perú por tres meses como mínimo.Como se recuerda, este régimen busca que los contribuyentes que no declararon sus rentas o tienen desbalance patrimonial no justificado, hasta el 31 de diciembre del 2015, declaren y accedan a una tasa preferencial.Fecha: 27.12.2017Fuente: diario Gestión
No habrá ampliación de plazos para el régimen de repatriación de capitales
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