A partir de la entrada en vigencia del nuevo reglamento de multas (01.03.2014) la inobservancia de llevar el control de asistenciaXNT del personal en el registro respectivo será calificada como una infracción muy grave sujeta al máximo de sanción según el tipo de empresa (mype o régimen general).Asimismo, también será una infracción muy grave el no registrar a los trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, beneficiarios de las modalidades formativas laborales, personal de terceros o derechohabientes en las planillas de pago o planillas electrónicas conforme a los plazos y requisitos establecidos en la ley.Fuente: Diario GestiónFecha: 28.02.2014
No contar con un registro de asistencia será ahora una infracción grave
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